Las obligaciones conjuntivas y las alternativas son dos tipos de obligaciones jurídicas, es decir, vínculos legales entre dos partes, un deudor (la persona física o jurídica que debe realizar una o más prestaciones para cumplir con un acuerdo) y un acreedor (la persona física o jurídica que le exige una o más prestaciones a un deudor).
Las obligaciones conjuntivas y las jurídicas son similares, porque son obligaciones de objeto complejo, es decir, que incluyen dos o más prestaciones, que pueden ser dar algo (por ejemplo, otorgar un inmueble), hacer algo (por ejemplo, construir una casa) o no hacer algo (por ejemplo, no edificar en una zona determinada).
En las obligaciones conjuntivas el deudor debe realizar todas las prestaciones que ha exigido el acreedor. Por ejemplo: El deudor debe otorgar como forma de pago una casa (primera prestación) y $100.000 (segunda prestación).
En las obligaciones alternativas el deudor debe realizar una de las opciones de prestaciones solicitadas por el acreedor. Por ejemplo: El deudor debe otorgar como forma de pago una casa (una opción de prestación) o $100.000 (otra opción de prestación).
El incumplimiento de cualquiera de estas dos obligaciones tiene sanciones legales, que se encuentran previamente determinadas en contratos o en acuerdos o que están reguladas en los códigos civiles de los países.
Obligaciones conjuntivas | Obligaciones alternativas | |
Definición | Son aquellas obligaciones que se cumplen cuando el deudor realiza todas las prestaciones acordadas. | Son aquellas obligaciones que se cumplen cuando el deudor realiza una de dos o más opciones de prestación. |
Tipo de objeto | Objeto conjunto. | Objeto disyunto. |
Naturaleza de las prestaciones | Las prestaciones pueden ser homogéneas o heterogéneas. | Las prestaciones deben ser equivalentes. |
Elección de las prestaciones | La elección de las prestaciones, generalmente, es de común acuerdo entre las dos partes. | La elección de las prestaciones, generalmente, la realiza el deudor. |
Cumplimiento de las prestaciones | El deudor debe cumplir con todas las prestaciones. | El deudor debe cumplir con una sola de las prestaciones. |
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Características de las obligaciones conjuntivas
- El objeto es conjunto. Las obligaciones conjuntivas tienen objeto conjunto, es decir, el deudor cumple con su obligación una vez que haya realizado todas las prestaciones.
- Las prestaciones pueden ser homogéneas o heterogéneas. En las obligaciones conjuntivas, las prestaciones pueden ser:
– Homogéneas. Si todas las prestaciones son de la misma naturaleza, es decir, si todas son de hacer, de dar o de no hacer. Por ejemplo: El deudor debe construir la casa (hacer) y limpiar los escombros (hacer).
– Heterogéneas. Si las prestaciones son de diferente naturaleza. Por ejemplo: El deudor debe construir la casa (hacer) y pagar una multa de $50.000 al acreedor (dar). - La elección de las prestaciones, generalmente, es de común acuerdo entre las dos partes. En las obligaciones conjuntivas, las dos partes suelen ponerse de acuerdo respecto a cuáles son las prestaciones. Por ejemplo: Si una persona contrata un servicio, la compañía que lo brinda deberá cumplir con la prestación. En este caso, el cliente estuvo de acuerdo cuando contrató el servicio y la compañía estuvo de acuerdo al brindarlo.
- El deudor debe cumplir con todas las prestaciones. En las obligaciones conjuntivas, para liberarse del compromiso, el deudor debe cumplir con todas las prestaciones de manera total. En caso contrario, el acreedor podrá demandar al deudor por daños y perjuicios.
Características de las obligaciones alternativas
- El objeto es disyunto. Las obligaciones alternativas tienen objeto disyunto, es decir, el deudor cumple con su obligación una vez que haya realizado una de todas las prestaciones.
- Las prestaciones deben ser equivalentes. En las obligaciones alternativas, las prestaciones deben ser equivalentes, generalmente, en su valor monetario. Por ejemplo: El deudor debe pagar al acreedor con un apartamento o con un barco que tenga el mismo valor que el primero.
- En general, el deudor realiza la elección de las prestaciones. En las obligaciones alternativas, el deudor suele elegir qué prestación otorgará. Sin embargo, en algunos casos, si hay acuerdo entre las dos partes, el acreedor puede elegir qué prestación tendrá que brindar el deudor. Por ejemplo: El deudor decide si cumplirá su obligación pagando con un apartamento o con un barco del mismo valor.
- El deudor debe cumplir con una sola de las prestaciones. En las obligaciones alternativas, para liberarse del compromiso, el deudor deberá cumplir con una de todas las prestaciones solicitadas. En caso contrario, el acreedor puede solicitar que el deudor realice otra de las prestaciones.
Ejemplos de obligaciones conjuntivas
- Un hotel tiene la obligación de alojar al cliente por diez días según el contrato.
- Un músico tiene la obligación de grabar tres discos con la compañía.
- Una persona que tiene una deuda con otra tiene la obligación de otorgarle una colección de vajilla china y $20.000 al acreedor.
- Una empresa tiene la obligación de dar $40.000 y dos computadoras como indemnización a un empleado.
- Una persona tiene la obligación de devolver $30.000 y de darle 400 unidades de mercadería a un cliente.
- Una empresa constructora tiene la obligación de edificar un apartamento y dar $10.000 a cada inversor por no haber cumplido con los plazos estipulados en el contrato.
- Un actor tiene la obligación de terminar de filmar una película y de promocionarla en distintos programas de televisión.
- Un escritor tiene la obligación de publicar cinco libros con una editorial.
- Una empresa de internet tiene la obligación de instalar un módem en la casa de un cliente y de brindar el servicio.
- Un abogado tiene la obligación de defender a su cliente y de presentar la demanda en la justicia.
Ejemplos de obligaciones alternativas
- Una compañía aseguradora tiene la obligación de dar un auto nuevo o el equivalente monetario al cliente.
- Una persona tiene la obligación de terminar de pagar la hipoteca de su hogar o de entregar la casa al banco.
- Un hotel tiene la obligación de hospedar por tres noches al cliente o de devolverle el dinero de la reserva.
- Una empresa constructora tiene la obligación de dar un apartamento a cada inversor o de devolverle el dinero.
- Una persona tiene la obligación de no estacionar en los sitios en los que no se puede o de pagar una multa.
- Una persona tiene la obligación de pagar $3.000.000 o de entregar su yate para saldar una deuda.
- Una persona tiene la obligación de cumplir con el contrato de alquiler o de indemnizar al inquilino con $50.000.
- Una compañía tiene la obligación de brindar el servicio de electricidad todos los días o de indemnizar a los clientes en caso de corte.
- Una persona tiene la obligación de terminar el trabajo para su cliente o de darle $2.000 a modo de indemnización por incumplimiento de contrato.
- Una empresa de productos electrónicos tiene la obligación de reparar las computadoras que estén en garantía o de otorgarles una nueva a los clientes.
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